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Resoluciones del Consejo de Seguridad:
* Resolución nº 446 de 1979, que subrayó que los asentamientos y la transferencia de la población israelí de los territorios palestinos es ilegal.
* Resolución n ° 452 de 1979 y exige una congelación de los asentamientos, incluso en Jerusalén y no reconocer la anexión.
* Resolución nº 465 de 1980, lo que exigió el desmantelamiento de asentamientos.
* Resolución nº 478 de 1980.
Asentamientos en el derecho internacional:
Considera el establecimiento de asentamientos en ramas del derecho internacional, además de la transferencia de la población de los países ocupados al territorio ocupado contraria a todos los principios internacionales y de la Carta de las Naciones Unidas (Cuarta Convención de Ginebra sobre las leyes de la guerra, en 1949). La Carta separa una larga serie de prohibiciones impuestas a la potencia ocupante. La esencia de la Carta en este caso, "prohíbe el reasentamiento ocupante de la población en los territorios ocupados", que reafirmó por muchas de las resoluciones de la legitimidad internacional, tanto a resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU o montaje
Ha emitido un conjunto de resoluciones de legitimidad internacional que confirman la negación de cualquier estatuto legal de liquidación o anexión, y pide su anulación y el desmantelamiento de los asentamientos, incluido el asentamiento en Jerusalén.
La Corte Internacional de Justicia contra la decisión del Muro del Apartheid:
Cuando el Tribunal Internacional de Justicia emitió el viernes, 07/09 / tarde en 2004 su dictamen consultivo sobre el Muro del Apartheid en Cisjordania a petición de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el mes de diciembre / enero sobre la legitimidad de Israel, la potencia ocupante, la construcción del muro en los territorios palestinos ocupados.
Cuando el Tribunal en su dictamen consultivo confirmó la ilegalidad de la construcción del muro y se consideró contraria al Derecho internacional y exigió que la ocupación israelí para impedir su construcción y pagar una indemnización para todos aquellos afectados por los palestinos, incluyendo vivir y en torno a Jerusalén Como el tribunal exigió que todos los países del mundo no prestar asistencia para mantener la situación resultante de la pared e invitar a los firmantes del llamamiento de la Convención de Ginebra de Israel para la presentación del derecho internacional humanitário.
La Asamblea de las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad de la ONU también llamado a decidir qué medidas adicionales necesarias para acabar con la situación ilegal resultante de la construcción del muro. Las fuerzas de ocupación israelíes también exigieron la cancelación de todas las leyes y órdenes relativas a la pared y exigió la devolución de propiedades palestinas incautadas por el pago de compensaciones a los palestinos afectados por ella.